martes, 26 de agosto de 2014

Derechos de los Administrados 
Por Karen Esquives Peralta

     En la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444), se establecen las obligaciones y especialmente los derechos de una parte importante de los sujetos del procedimiento administrativo: los administrados. Estos están señalados en el Artículo 55°, en los que se detalla los más relevantes: que los administrados tienen derecho a ser atendidos según el orden de ingreso en el servicio de la atención al público; a ser tratados con respeto y consideración por el personal administrativo; tienen derecho a acceder en cualquier momento y sin limitación a los expedientes administrativos de los procedimientos donde es parte; tienen derecho a acceder a la información gratuita que brindan las entidades del Estado; tienen derecho a ser informados en los procedimientos de oficio sobre su naturaleza, alcance y del plazo estimado de su duración, así como de sus derechos y obligaciones.

     También tienen derecho a que se cumplan los plazos determinados para cada servicio o actuación y exigirlo así a las autoridades correspondientes; tienen derecho a ser asistidos por las entidades para el cumplimiento de sus obligaciones respecto al procedimiento; así como tener el conocimiento de la identidad de las autoridades y personal al servicio de la entidad bajo cuya responsabilidad son tramitados los procedimientos ya que le permitirá presentar de ser el caso las respectivas quejas.

     Tienen derecho a que las actuaciones de las entidades que les afecten sean llevadas a cabo en la forma menos gravosa posible; también derecho al ejercicio responsable del derecho de formular análisis, críticas o a cuestionar las decisiones y actuaciones de las entidades; a exigir la responsabilidad de las entidades y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente, y resaltar que los derechos mencionados tienen que ser sumados a todos los otros que la ley le otorga, como por ejemplo la constitución.

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