Derechos de los Administrados
Por Karen Esquives Peralta
En la Ley de Procedimiento
Administrativo General (Ley Nº 27444), se establecen las obligaciones y
especialmente los derechos de una parte importante de los sujetos del procedimiento administrativo: los administrados. Estos están señalados en el Artículo 55°,
en los que se detalla los más relevantes: que los administrados tienen derecho
a ser atendidos según el orden de ingreso en el servicio de la atención al
público; a ser tratados con respeto y consideración por el personal
administrativo; tienen derecho a acceder en cualquier momento y sin limitación a
los expedientes administrativos de los procedimientos donde es parte; tienen derecho a acceder a la información gratuita que brindan las entidades del
Estado; tienen derecho a ser informados en los procedimientos de oficio sobre su
naturaleza, alcance y del plazo estimado de su duración, así como de sus derechos
y obligaciones.
También tienen derecho a
que se cumplan los plazos determinados para cada servicio o actuación y
exigirlo así a las autoridades correspondientes; tienen derecho a ser asistidos
por las entidades para el cumplimiento de sus obligaciones respecto al
procedimiento; así como tener el conocimiento de la identidad de las autoridades y personal al servicio de la entidad
bajo cuya responsabilidad son tramitados los procedimientos ya que le permitirá
presentar de ser el caso las respectivas quejas.
Tienen derecho a que las actuaciones de las entidades que les afecten sean llevadas a
cabo en la forma menos gravosa posible; también derecho al ejercicio
responsable del derecho de formular análisis, críticas o a cuestionar las
decisiones y actuaciones de las entidades; a exigir la responsabilidad de las
entidades y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente, y
resaltar que los derechos mencionados tienen que ser sumados a todos los otros
que la ley le otorga, como por ejemplo la constitución.
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